Begoña Sainz de la Maza y Orrantia | 8 marzo, 2021 | REVISTA REGISTRADORES DE ESPAÑA
Siempre hay que tener algo que hacer, algo que pensar y algo que desear. Las cosas van cambiando y me asombro cuando oigo a los políticos decir: Ya hemos publicado la ley, así que se acabó el problema. Las leyes son muy importantes pero de ahí a terminar con el problema…
La aprobación en 2007 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, abrió grandes expectativas que no se han visto correspondidas con los resultados obtenidos en términos de igualdad efectiva de mujeres y hombres, abrió grandes esperanzas que no se han visto correspondidas con los resultados obtenidos en términos de igualdad efectiva en cuanto a carácter jurídico y social.
Cuestiones como la brecha salarial o la conciliación familiar siguen siendo asuntos de candente actualidad.
En un país como el nuestro, en un momento concreto, se puede decir algo tan contradictorio como que tiene una ley de conciliación de la vida familiar y laboral, y no tiene una ley de conciliación de la vida familiar y laboral, solo se puede explicar por el método que inspiró al legislador a la hora de promulgar la Ley 39/99 de 5 de noviembre.
No hay en el derecho español una filosofía de la conciliación de la vida familiar y laboral. En materia de conciliación hay grandes posibilidades de actuación y olvidarse de la Ley 39/99
Esa ley es sin duda una ley importante, pero en el modo en que se hizo es una ley mucho menos importante de lo que podría haber sido. Entre otras cosas porque ya no existe como ley; es una ley que constituye una referencia normativa histórica pero no una realidad actual, porque la ley que introdujo el método aceptable en otras áreas, no así en un área tan específica como ésta en la que había que crear una especie de campo de análisis y núcleo de imputación.
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Begoña Sainz de la Maza y Orrantia
Presidenta de la Asociación Española de Mujeres Juristas
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