Ir al contenido principal

¿Provocará la decisión del Constitucional un aluvión de demandas de personas encarceladas y después absueltas?


¿Provocará la decisión del Constitucional un aluvión de demandas de personas encarceladas y después absueltas?


Se negaba el derecho a ser indemnizadas a aquellas personas que habiendo sufrido prisión provisional posteriormente resultaban absueltas



Carmen Ibáñez Martínez aborda la importante decisión tomada por el Tribunal Constitucional de indemnizar a aquellas personas que sean absueltas por inexistencia del hecho imputado o por la decisión del juez de instrucción de decretar el sobreseimiento libre. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Carmen Ibáñez Martínez | 25 Junio, 2019 CONFILEGAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, según su nota informativa nº 81/2019 ha resuelto una cuestión muy esperada, declarando la inconstitucionalidad y nulidad de parte de los incisos de la actual redacción del artículo 294.1 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.
Tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos por inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios”.
Estos presupuestos negaban el derecho a ser indemnizadas de aquellas personas que habiendo sufrido prisión provisional posteriormente resultaban absueltas, y también el de aquellos en los que, con anterior al enjuiciamiento, había sido declarado su sobreseimiento libre.
Por aplicación de dicho artículo y la doctrina jurisprudencial consolidada solo resultaba indemnizable la prisión provisional cuando se declaraba la inexistencia objetiva o subjetiva del “hecho delictivo”.
De esta forma, aunque finalmente se hubiera pronunciado una sentencia absolutoria, confirmada en todas sus instancias, para la administración fruto de estos distingos irracionales, no tenía ninguna consecuencia.
El estigma carcelario se mantenía y las sospechas sobre la inocencia manchaban de por vida a quienes se habían visto incursas en tan doloroso proceso.
Solo si el reclamante era obstinado y decidía mantener su dignidad e integridad contra todos, tras largos años y acudiendo al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo algo podría obtener. Aunque solo   fuera restablecer su dignidad.
Recordaré el caso TANDEM c. España (Demanda 25720/05) en el que resulto condenada.
“El Tribunal considera que este razonamiento, que distingue entre una absolución por falta de pruebas y una absolución resultante de la comprobación de la inexistencia de hechos delictivos, ignora la previa absolución del acusado, cuya disposición debe ser respetada por todas las autoridades judiciales, cualesquiera que sean las razones dadas por el juez (ver Vassilios Stavropoulos, ya citada, § 39)”.
“Por otra parte, el hecho de exigir a una persona presentar pruebas de su inocencia en el marco procedimiento de indemnización por la prisión provisional, es irracional y muestra un atentado contra la presunción de inocencia (Capeau c. Bélgica, no 42914/98, § 25, CEDH 2005-I)”.
Creo que esta declaración de inconstitucionalidad tiene una enorme transcendencia y no puedo entender como no había sido planteada con anterioridad por los Tribunales cuando el artículo 121 de la Constitución española proclama sin matices de ninguna clase, el derecho a una indemnización a cargo del Estado por error judicial y mal funcionamiento de la justicia.
A LA ESPERA DE UNA SENTENCIA
Habrá que esperar a la sentencia para conocer su alcance, pero estoy segura va ocasionar un nuevo aluvión de reclamaciones ante el Ministerio de Justicia.
Actualmente empieza a ser un clamor, los casos de personas encarceladas y posteriormente absueltas.
Como algunos venimos denunciando, en los últimos años la corriente justiciera imperante, ha hecho que algunos jueces instructores y fiscales apliquen con gran entusiasmo la medida de presión provisional extendiendo hasta el máximo los presupuestos legales sobre los que se sustenta.
La ausencia de datos sobre los casos de reconocimiento de indemnización por responsabilidad patrimonial por prisión provisional y por mal funcionamiento de la Justicia también llama mi atención.
Solo he encontrado una Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 3 de agosto de 2018 por la que se estima una reclamación al respecto.
En ella el Ministerio de Justicia informó que desde el año 2000 se han tramitado 1499 expedientes de responsabilidad patrimonial.
Correspondiendo 229 al año 2017, por los que indemnizó, en una cantidad total 2,4 millones.
En mi opinión urge la promulgación de un reglamento sobre la responsabilidad patrimonial en general y sería o muy importante aprobar   un baremo donde se concreten las cantidades a indemnizar por los atropellos de la Justicia que empiezan a dar vértigo.
Al parecer ni el Consejo General del Poder Judicial, ni en Instituciones penitenciarias recaban datos de cuantos casos de prisión preventiva acaban en absolución.
Según la página Web de instituciones penitenciarias entre hombres y mujeres la población reclusa en prisión preventiva en este mes de junio es de 8.668 personas.
Importante cambio en la indemnización a presos preventivos, provocado por el Constitucional

Comentarios

Entradas populares de este blog

Conferencia “POR LA LIBERTAD, LA CONSTITUCIÓN Y LA DEMOCRACIA”

    ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MUJERES JURISTAS  Y en su nombre su Presidenta, Doña Begoña Sainz de la Maza y Orrantia, se complace en invitarles  a la conferencia  “LA AMNISTIA A DEBATE- ¿ES POSIBLE EN UN ESTADO DE DERECHO?”.”  que correrá a cargo de Don Amalio de Marichalar, Conde de Ripalda,  Coordinador de “De Español a Español por la Constitución”    En el acto intervendrán:  DON JAVIER BORREGO BORREGO, Abogado del Estado, fue Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo DON JAIME LOZANO IBAÑEZ, Magistrado del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha y Vicepresidente de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial DON FRANCISCO RUIZ RISUEÑO, Abogado del Estado y Diputado constituyente  Modera:  Doña Begoña Sainz de la Maza y Orrantia, jurista y Presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Al finalizar se abrirá un coloquio entre los asistentes    El acto tendrá lugar el día 20 de marzo a las 19:30 horas en el CASINO PRIMITI

Apoyo a nuestro compañero Don Francisco Javier Lara, Decano del Ilustre colegio de abogados de Málaga

                La Asociación Española de Mujeres Juristas, integrada por mujeres profesionales del derecho, quiere manifestar su apoyo a nuestro compañero Don Francisco Javier Lara, quien ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal de Málaga número 15 a una multa de 5.400 euros por un delito de desobediencia.   Don Francisco Javier Lara,  Decano del Ilustre colegio de abogados de Málaga               El crimen cometido por su parte y que recibe el reproche penal no es otro que negarse,  en la condición de Decano del Ilustre colegio de abogados de Málaga que ostentaba en el momento de los hechos, a dar cumplimiento a una Resolución de un juzgado descontextualizada del momento y las circunstancias.                 La resolución obligaba a atender el servicio de guardia a detenidos el 6 de mayo de 2020 durante la vigencia del estado de alarma. Las razones de la negativa no fueron otras que intentar preservar la salud del colectivo de aquellos a los que representaba, pues los cal

María Telo galardonada, a título póstumo, con la Medalla Extremeñera

La asociación “Extremeñería” rinde homenaje,  a nuestra fundadora  por luchar por los derechos de las mujeres, por no sucumbir ante las injusticias de la época y por hacer un futuro mejor y más digno para todas. En conmemoración del Día de Extremadura, la asociación “Extremeñería” se complace en anunciar la entrega de Medallas Extremeñeras a personas notables que han contribuido de manera significativa al progreso, desarrollo y promoción de nuestra querida región en lo cultural, social y político. Extremeñería se enorgullece de rendir homenaje a las siguientes personalidades: Aníbal Martín  (traductor y escritor): por dar a conocer nuestra lengua y nuestra cultura tanto dentro como fuera de Extremadura. Por recuperar lo que habíamos olvidado y por enseñar a valorarnos. Salva Tu Tierra  (plataforma de Salvatierra de los Barros): por demostrar que el pueblo unido jamás será vencido, por defender nuestra tierra y por proteger el medio ambiente. Revista GRADA : por defender la integración